DIAN expide concepto sobre facturación en los contratos de mandato
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 050 (Radicado No. 900366 de enero 21 de 2021)
En los contratos de mandato se ha dispuesto que en todos los casos las facturas deberán ser expedidas por el mandatario y, si el mandatario adquiere bienes y servicios en cumplimiento del mandato (como se deduce en el supuesto objeto de consulta) la factura deberá ser expedida por el tercero proveedor a nombre del mandatario, siendo éste último quien debe certificar el costo y/o descontable al mandante.
DIAN revoca la doctrina referente a la suspensión de términos para la presentación de la declaración anticipada
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