DIAN explica la exclusión del IVA a las franquicias
Concepto Tributario No. 368 Radicado No. 901944 del 11 de marzo de 2021 DIAN
En consideración de la consulta relacionada con la aplicación de la exclusión de IVA en virtud de la ubicación geográfica del establecimiento de comercio, se reiteran los argumentos expuestos por medio del Oficio 100208221-86 Rad: 900627 de 2021, por medio del cual se resolvió una consulta de presupuestos similares asociada al impuesto nacional al consumo. Así las cosas, dado que el artículo 48 de la Ley 2068 de 2020 no señala limitaciones asociadas a la ubicación geográfica de los establecimientos de comercio que prestan los servicios descritos en la norma bajo la modalidad del contrato de franquicia, no es factible considerar que la exclusión del IVA se encuentra supeditada a dicha condición. Esta tesis se fundamenta en el principio de interpretación jurídica según el cual donde la ley no distingue no le es dado al interprete hacerlo, tal y como lo ha reiterado la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la doctrina de esta Subdirección. En conclusión, la exclusión de IVA señalada en el artículo 48 de la Ley 2068 de 2020 procede en todo el territorio nacional con independencia de la zona de ubicación del establecimiento correspondiente; en tanto se cumplan las condiciones previstas en la norma bajo examen.