DIAN modifica la suspensión de términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa

Resolución Número 048 del primero de junio de 2021. DIAN

Se suspenden desde la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, los términos de entrega al depósito o a la zona franca señalados en el inciso segundo del artículo 169 del Decreto 1165 de 2019, así como los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero contenidos en el artículo 438 del Decreto 1165 de 2019 y en los artículos 469, 470, 492, 496, 501, 509 de la Resolución 46 de 2019 y los términos para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional contenido en el artículo 449 del Decreto 1165 de 2019. En la modalidad de cabotaje aéreo, solamente se entenderán suspendidos los términos respecto de operaciones que correspondan a la jurisdicción de las Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

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