DIAN se pronuncia sobre las condiciones para la deducción de aportes por pago a trabajadores independientes

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 067 (Radicado No. 900509 de enero 26 de 2021)

Sobre la deducción por pagos a trabajadores independientes, el parágrafo 2 del artículo 108 del Estatuto Tributario establece que la misma está condicionada a la verificación por el empleador de la “afiliación y el pago de las cotizaciones y aportes a la protección social que le corresponden al contratista según la ley, de acuerdo con el reglamento que se expida por el Gobierno Nacional”, disposición que debe entenderse en armonía con el artículo 1.2.4.1.7. del Decreto 1625 de 2016.

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