DIAN señala que el ingreso de divisas provenientes del extranjero no se encuentra gravado con IVA
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto Tributario No. 1610 (Radicado No. 910959 de diciembre 18 de 2020)
Respecto al impuesto sobre las ventas, el ingreso de divisas provenientes del extranjero no se encuentra gravado con dicho impuesto toda vez que no se realiza ninguno de los hechos generadores establecidos en el artículo 420 del Estatuto Tributario. Lo anterior sin perjuicio que dichas divisas provengan de una operación que sí se encuentre gravada con dicho impuesto.
Cómputo del término de caducidad de la acción contractual cuando hay obligaciones por cumplir después del acta de liquidación
Adquisición de empresas en el sector minero y petrolero colombiano (2013)


