Presunción de veracidad de las declaraciones tributarias
Fallo del 6 de mayo de 2021 Radicado N° 25000233700020130150501(24072) Consejo de Estado, Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo.
El artículo 746 del Estatuto Tributario (ET) señala la presunción de veracidad de las declaraciones tributarias que se presenten. Sin embargo, el contribuyente no está exento de demostrar los hechos presentes en sus declaraciones, correciones o respuestas a requerimientos administrativos. Toda declaración admite prueba en contrario y la autoridad tributaria puede desvirtuarla con facultad en el artículo 684 del ET. La facultad fiscalizadora de la DIAN le permite desvirtuar la eficacia probatoria de la contabilidad y de documentos que se aporten y que no estén prohibidos por la ley.
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