Pretenden Reglamentar el documento equivalente electrónico consagrado en el Decreto 1625 de 2016

Proyecto de Decreto. Presidencia de la República y Ministerio de Hacienda y Crédito Público

El documento equivalente electrónico comprenderá los documentos equivalentes de que trata el presente Decreto y será desarrollado por la Unidad Administrativa Especial DIAN de conformidad con lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario. El calendario para la implementación del documento equivalente electrónico deberá ser expedido por la UAE-DIAN.

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