Adopta medidas excepcionales de recuperación, financiamiento, aseguramiento y acceso a recursos en los sectores financiero, cooperativo, solidario y del mercado de valores durante la emergencia. Incluye apertura y cierre ágil de puntos de atención, créditos de vivienda con condiciones especiales, emisiones de deuda de SAS, reglas sobre indemnizaciones de seguros, procedimiento especial de muerte presunta, entrega de ciertos productos financieros sin sucesión, habilitación cooperativa y líneas especiales de financiación.

Permite por seis meses abrir o cerrar puntos de atención sin aviso previo; autoriza por doce meses créditos de vivienda sin cuota inicial y sin hipoteca previa si existe garantía admisible; habilita por treinta y seis meses emisiones de deuda de SAS en el segundo mercado con plazo máximo de cinco años; establece reglas para aplicar indemnizaciones de seguros de terremoto a obligaciones o reconstrucción; crea un procedimiento judicial especial de muerte presunta sin esperar los dos años ordinarios; permite entrega de ciertos productos financieros sin juicio de sucesión, con tope de COP $91.832.170; autoriza hasta el 31 de diciembre de 2027 a ciertas cooperativas a prestar servicios a no asociados; y prevé transferencias a BANCÓLDEX, FINDETER y FNG, citando una demanda potencial de $934.000 millones en FINDETER y una pérdida esperada consolidada de 19,04% para el programa de garantías del FNG.