Consejo de Estado se pronuncia sobre el alcance de la subsanabilidad de las propuestas en los contratos estatales

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera – Subsección B. Radicación número: 25000-23-26-000-2011-00209-01(50793). 05 de octubre de 2020. Consejero Ponente: Alberto Montaña Plata

Para determinar los requisitos a ser subsanados y el alcance de su entendimiento, debe tenerse plena claridad del momento en el que la administración adelantó la evaluación de las propuestas, en especial, la normativa aplicable al procedimiento de selección, toda vez que las modificaciones normativas han significado un entendimiento diverso en cada momento determinado. Esto es, para la compresión íntegra de los juicios sometidos a estudio del Consejo de Estado, se ha indicado que se deben tener presente “dos aspectos básicos: i) el régimen jurídico de la evaluación de las ofertas en la ley de contratación estatal, y ii) en especial, el régimen jurídico de la subsanabilidad de las mismas”.

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