Alcaldía Mayor de Bogotá señaló las características de la información que deben suministrar OPAIN y las personas naturales, jurídicas, consorcios y uniones temporales en Bogotá D.C.

Alcaldía mayor de Bogotá. Secretaría Distrital de Hacienda. Resolución Número DDI-019373. Noviembre 25 de 2020

Sin perjuicio del plazo especial señalado en el Decreto 427 de 2013, OPAIN y las personas naturales, jurídicas, consorcios y uniones temporales en Bogotá D.C. que disponga la Alcaldía Mayor de Bogotá, deberán entrega de la información (tal como: Número de Contrato Fecha inicio del contrato, Fecha de inicio de explotación comercial, Fecha final del contrato, Identificación del establecimiento, Área total del contrato, Uso del establecimiento, Canon arrendamiento, Canon promedio variable, Porcentaje de participación) deberá reportarse a partir del 1o de enero de 2021 y hasta el 15 de enero de 2021.

En caso de recibir datos parciales, sólo se tendrá en cuenta el último cargue de información, que deberá contener la totalidad de los datos requeridos.

La información a que se refiere la resolución deberá entregarse únicamente a través de la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda (http://www.shd.gov.co/shd/). La información se recibirá únicamente en los plazos establecidos. En todos los casos, la información suministrada deberá atender y adaptarse a las especificaciones técnicas y al diseño de registro contenido en el anexo No. 1 de la resolución.

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