Exequible Decreto 517 de 2020 el cual dictó disposiciones en materia de subsidios, descuentos y pago diferido de energía eléctrica y gas combustible

Sentencia C-187 de 2020. Expediente RE-261. M.P. Cristina Pardo Schlesinger. 18 de junio de 2020.

La Corte Constitucional  consideró que la financiación, pago diferido y pago total o parcial de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, y la posibilidad de que por parte de entes territoriales se puedan pagar estos servicios públicos, son medidas ajustadas a la constitución política, pues estas medidas están dirigidas a mitigar los efectos de la crisis generada por el Covid-19 y a garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos.

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