Exequible deducciones tributarias por pagos en efectivo para ciertos contribuyentes
Comunicado de Prensa de 01 de octubre de 2020 de la Corte Constitucional. Expediente D-13535
La Corte Constitucional se inhibió de emitir pronunciamiento de fondo respecto de la constitucionalidad del Artículo 120 de la Ley 1943 de 2018 y declaró exequible, por los cargos analizados, el artículo 307 (parcial) de la Ley 1819 de 2016 sobre deducciones tributarias por pagos en efectivo para ciertos contribuyentes.
Mediante laudo arbitral de Tribunal de la Cámara de Comercio de Bogotá se explican los elementos de la responsabilidad contractual
Derecho internacional de los negocios tomo II (2005)


