Ministerio de Salud adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Covid-19 en los establecimientos e inmuebles con piscinas

Resolución 1547 de 04 de septiembre de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

Se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo de coronavirus COVID-19 en los establecimientos e inmuebles con piscinas, este protocolo aplica a:

  1. Piscinas de uso colectivo abiertas al público en general: es decir, las ubicadas en centro vacacionales y recreacionales, escuelas, entidades o asociaciones, hoteles, moteles o similares.
  2. Piscinas de uso restringido no abiertas al público en general: aquellas ubicadas en instalaciones como clubes privados, condominios o conjuntos residenciales.
  3. Piscinas de propiedad unihabitacional.
  4. Piscinas de uso especial: Son las terapéuticas termales y las otras que determine la autoridad sanitaria.

Este protocolo es complementario a la resolución 666 de 24 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

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