Nueva Normalidad en Cartagena
Decreto 0826 del 31 de agosto de 2020 de la Alcaldía de Cartagena
- Vigencia del Decreto: hasta el 1 de octubre de 2020.
- Se mantiene el pico y cédula de dos dígitos hasta el 15 de septiembre de 2020.
- Se mantienen las siguientes restricciones:
- Prestación de servicio a la mesa en establecimientos gastronómicos que no cuenten con espacios al aire libre. Únicamente podrán hacerlo por medios electrónicos y para entrega a domicilio.
- Prohibido el acceso a playas y al mar. Únicamente se permite el uso de playas como espacio de tránsito peatonal.
- Desembarque en la zona insular de naves de cualquier calado o especificación destinadas a actividades turísticas, recreativas o deportivas.
- Actividades deportivas de conjunto aficionado.
- Ingreso de público a actividades o escenarios deportivos, artísticos o culturales.
- Se limita la atención presencial al público para los locales y actividades comerciales, los cuales sólo podrán estar abiertos entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m.
- Los comercios o establecimientos deben registrarse en la página de la Alcaldía de Cartagena: https://adaptayreactiva.cartagena.gov.co/ y deben cumplir con los protocolos de bioseguridad aplicables.
- Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos y establecimientos de comercio durante la vigencia de la medida de aislamiento y hasta el 1 de octubre.