Sala Civil de la Corte Suprema ordena medidas para garantizar derecho a protesta pacífica

Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Civil. Sentencia STC7641-2020 de fecha 22 de septiembre de 2020. M.P. Luis Armando Tolosa Villabona.
  1. La Corte Suprema de Justicia ordenó a las autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales, adoptar acciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva.
  2. La Corte también ordenó la implementación de un protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores que se denominará “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.
  3. Se ordenó también la suspensión de las escopetas calibre 12 usadas por el ESMAD, la neutralidad del Gobierno Nacional –incluida la no estigmatización de quienes protestan–, la conformación de una “mesa de trabajo” para reestructurar las directrices del uso de la fuerza y la presentación de disculpas del Ministro de Defensa por los excesos registrados desde la movilización del 21 de noviembre de 2019.

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