Se modifica y prorroga la vigencia del Decreto 1168 de 2020 por medio del cual se imparten instrucciones en virtud de la pandemia por COVID19 y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual y responsable

Decreto 1550 de 28 de noviembre de 2020

El Decreto 1550 estableció lo siguiente:

1- Actividades no permitidas

  • Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
  • Discotecas y lugares de baile.
  • Consumo de bebidas embriagantes en el espacio público y establecimientos de comercio. El expendio de bebidas embriagantes no queda prohibido.

2- Cierre de fronteras
Se mantiene el cierre de los pasos terrestres y fluviales de la frontera con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil, Venezuela a partir del 01 de diciembre de 2020 hasta el 16 de enero de 2021.

3- Prórroga de vigencia del decreto 1068 de 2020 hasta el 16 de enero de 2020.

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