Banco de la República modificó las disposiciones sobre los sistemas de pago de alto valor, sus operadores y participantes
Banco de la República. Resolución Externa No. 1 de enero 29 de 2021
Podrán administrar Sistemas de Pago de Alto Valor las sociedades anónimas que se constituyan a partir de la vigencia de esta resolución, con el objeto exclusivo de administrar Sistemas de Pago de Alto Valor, las cuales deberán cumplir con los mismos requisitos y condiciones establecidos para las Entidades Administradoras del Sistema de Pago de Bajo Valor en el artículo 2.17.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010 o en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, y obtener el respectivo certificado de autorización por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia.
La facturación del usuario debe corresponder con el consumo que éste realice
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