Banco de la República modificó las disposiciones sobre los sistemas de pago de alto valor, sus operadores y participantes
Banco de la República. Resolución Externa No. 1 de enero 29 de 2021
Podrán administrar Sistemas de Pago de Alto Valor las sociedades anónimas que se constituyan a partir de la vigencia de esta resolución, con el objeto exclusivo de administrar Sistemas de Pago de Alto Valor, las cuales deberán cumplir con los mismos requisitos y condiciones establecidos para las Entidades Administradoras del Sistema de Pago de Bajo Valor en el artículo 2.17.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010 o en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan, y obtener el respectivo certificado de autorización por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Todos los empleadores del país tendrán que registrar sus vacantes en el Servicio Público de Empleo
Derecho internacional de los negocios tomo II (2006)


