Se modifica parcialmente el régimen de cambios internacionales

Resolución Externa N° 4 del 28 de mayo de 2021. Banco de la República

Se modifica el primer párrafo del literal n. del numeral 1 del artículo 80. de la Resolución Externa No. 1 de 2018, así: Obtener financiación estipulada en moneda extranjera de no residentes, de los intermediarios del mercado cambiario o mediante la colocación de títulos en los mercados internacionales de capitales, para destinarla exclusivamente a realizar las actividades que detalla aquella Resolución:

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