Corte Constitucional reitera la procedencia de la estabilidad laboral reforzada para los prepensionados.

Sentencia T-385 de 3 de septiembre de 2020.
La Corte Constitucional reiteró su jurisprudencia en el sentido de establecer que procede la protección a la estabilidad laboral reforzada de aquellos empleados públicos y privados, que acreditan la calidad de pre pensionados, por faltarles menos de tres años para contar con 57 años en el caso de las mujeres y 62 años en el caso de los hombres, y cotizar 1.300 semanas al Sistema de Seguridad Social en Pensiones, siempre que su despido afecte su derecho al mínimo vital, porque el salario que devengaban era su único ingreso.

Insights

Libros

Publicaciones externas