Corte Suprema de Justicia explica cómo opera la prohibición de actividades laborales distintas en vigencia de una cláusula de exclusividad
Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 78490 (SL3547-2020) 16 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Donald José Dix Ponnefz
Para la Sala estas actividades comerciales eran incompatibles de ejercicio con un contrato de trabajo regido bajo el código sustantivo del trabajo, al ser ambas concomitantes en la circunstancia de modo tiempo y lugar en su desarrollo. Un trabajador puede prestar servicios a varios empleadores a menos que pacte una cláusula de exclusividad, la cual impide que preste servicios de la misma especie de los que ejecuta con el empleador que convino la estipulación a uno distinto.
Reforma tributaria para la igualdad y la justicia social
Revista Jurisconsulta No.7- Propiedad Intelectual


