Corte Suprema de Justicia explica la finalidad de la disposición que protege al trabajador con discapacidad en la fase de la extinción del vínculo laboral

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 82341 (SL4031-2020). 20 de octubre de 2020. Magistrada ponente: Dolly Amparo Caguasango Villota

La finalidad del artículo 26 de la Ley 361 de 1997, es salvaguardar la estabilidad laboral de los trabajadores en situación de discapacidad en el momento de la terminación de su vinculación laboral, para que no se generen comportamientos discriminatorios por parte del empleador. Así, lo que persigue tal disposición es que no tenga lugar una finalización del contrato fundada en la deficiencia física, sensorial o mental del empleado. De ahí que, por el contrario, si la decisión de extinguir la relación laboral obedece a un principio de razón objetiva, ésta se torna legítima.

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