Corte Suprema de Justicia señala que el despido de un trabajador en situación de discapacidad se presume discriminatorio

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 68417 (SL3545-2020). 16 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Donald José Dix Ponnefz

En tratándose de la determinación de la condición de debilidad manifiesta derivada del estado de salud, corresponde al juzgador el análisis de todos los medios de prueba a su alcance, a fin de constatar el grado de discapacidad del trabajador, sin que la ausencia de un dictamen de calificación de invalidez, coarte per se la posibilidad de establecer dicha circunstancia. La estabilidad laboral reforzada se otorga para quienes padecen una limitación moderada, severa o profunda. El despido de un trabajador en situación de discapacidad se presume discriminatorio, a menos que el empleador demuestre en el juicio la ocurrencia real de la causa alegada.

Insights

Libros

Publicaciones externas