El empleador debe verificar la entrega de los elementos de seguridad básicos para ejecutar las labores

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 69049 (SL3645-2020). 15 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Giovanni Francisco Rodríguez Jiménez

El artículo 57 del CST contempla una serie de obligaciones especiales a cargo del empleador, como la de poner a disposición de los empleados los instrumentos adecuados para la realización de las labores, procurarles elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades laborales, de manera que con ellos se garantice razonablemente su seguridad y salud. El empleador debe verificar la entrega de los elementos de seguridad básicos para ejecutar la tarea, asegurándose que el trabajador comprenda el riesgo en la realización de la orden y las consecuencias de la falta de utilización de los implementos de seguridad industrial.

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