Ministerio del Trabajo expide concepto donde explica si es permitida la revisión del contrato de trabajo en el marco de la emergencia sanitaria por el covid-19

Ministerio Del Trabajo. Concepto Jurídico No. 02EE20241060000075352 de 2020

Las partes podrán de común acuerdo fijar nuevas condiciones del contrato de trabajo, entendida como la modificación de horario, salario entre otras que permitan al empleador solventar la situación por la que la empresa este atravesando. Sin embargo de no llegarse a un acuerdo el empleador podrá acudir al Juez laboral, quien previa verificación de la alteración económica procederá a analizar los asuntos y términos de la revisión solicitada Se debe tener en cuenta que si en épocas “normales” es factible la revisión del contrato de trabajo, bajo las condiciones establecidas en la norma, podrían las partes durante el estado de emergencia económica, también hacerlo, sin embargo, se debe tener en cuenta que si hay implementación de alternativas laborales, tales como las mencionadas con antelación, ellas serán aplicables solo durante el estado de emergencia.

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