Ministerio del Trabajo explica si ante la múltiple militancia sindical, el trabajador puede escoger a qué convención colectiva acogerse
Ministerio Del Trabajo. Concepto Jurídico No. 1348 de enero 20 de 2021
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en Sentencia 76625 del 8 de marzo del 2017, se pronunció sobre ese fenómeno, especialmente en lo referente a cómo aplicar las diferentes convenciones a los trabajadores que haciendo parte de vados sindicatos podrían tener derecho a que se les apliquen múltiples convenciones colectivas, asunto para el cual esa corporación indica una solución sencilla consistente en que es el Trabajador quien de manera libre y voluntaria escoge cual convención le resulta más benéfica. En su criterio, el trabajador solo puede ser beneficiario de una convención colectiva de trabajo, y que le corresponde a él decidir cuál de ellas considera le es más favorable a sus intereses económicos y personales, fundamentando su criterio en que las convenciones colectivas no pueden convertirse en una carga excesiva para los empleadores, pues la posible existencia de varias convenciones oponibles a una sola empresa, no puede vulnerar los principios de coordinación económica y de equilibrio social, en atención al artículo 1° del C.S.T.
Consejo de Estado declaró infundados los recursos de anulación interpuestos contra el Laudo Arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento para resolver disputas surgidas entre la Concesionaria Ruta del Sol y el Instituto Nacional de Concesiones
Perspectivas del derecho del consumo (2003)


