Ministerio del Trabajo explica si ante la múltiple militancia sindical, el trabajador puede escoger a qué convención colectiva acogerse

Ministerio Del Trabajo. Concepto Jurídico No. 1348 de enero 20 de 2021

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en Sentencia 76625 del 8 de marzo del 2017, se pronunció sobre ese fenómeno, especialmente en lo referente a cómo aplicar las diferentes convenciones a los trabajadores que haciendo parte de vados sindicatos podrían tener derecho a que se les apliquen múltiples convenciones colectivas, asunto para el cual esa corporación indica una solución sencilla consistente en que es el Trabajador quien de manera libre y voluntaria escoge cual convención le resulta más benéfica. En su criterio, el trabajador solo puede ser beneficiario de una convención colectiva de trabajo, y que le corresponde a él decidir cuál de ellas considera le es más favorable a sus intereses económicos y personales, fundamentando su criterio en que las convenciones colectivas no pueden convertirse en una carga excesiva para los empleadores, pues la posible existencia de varias convenciones oponibles a una sola empresa, no puede vulnerar los principios de coordinación económica y de equilibrio social, en atención al artículo 1° del C.S.T.

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