Procedencia y requisitos de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez

Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 77730 (SL3659-2020). 09 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Jorge Luis Quiroz Alemán. Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 77730 (SL3659-2020). 09 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Jorge Luis Quiroz Alemán

La exigibilidad de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez se encuentra supeditada a que se niegue o establezca que no hay lugar a la prestación pensional principal cuando ésta sea objeto de reclamo expreso, de manera tal, que a partir de ese momento puede entenderse causado el derecho a su reclamo. Para acceder a la pensión sustitutiva de la pensión de vejez se requiere:

  1. Que el derecho pensional sea negado,
  2. La decisión del afiliado de declarar la imposibilidad de continuar cotizando para recibir la pensión de vejez,
  3. Haber cumplido la edad necesaria para conseguir la pensión de vejez;
  4. El retiro del servicio después del cumplimiento de la edad y
  5. Carecer del número mínimo de semanas necesarias para obtener la pensión de vejez o jubilación.

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