Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia explica en qué consisten los derechos ciertos e indiscutibles en materia laboral
Corte Suprema. Sala de Casación Laboral. Radicación No. 79246 (SL3386-2020) 15 de septiembre de 2020. Magistrado ponente: Omar De Jesús Restrepo Ochoa
La Corte reiteró que una característica propia de toda relación contractual la constituye la autonomía de la voluntad de las partes. Sin embargo, en las relaciones laborales esa libertad se halla limitada por los principios tuitivos del derecho del trabajo y de la seguridad social que propenden por la garantía de los derechos del trabajador, quien dada su condición de subordinado se torna en la parte débil de la relación contractual.
Por ello, las constituciones contemporáneas y los estatutos laborales de muchos países -principalmente latinoamericanos- establecen como principio rector del derecho del trabajo, entre otros, el de la irrenunciabilidad a los derechos mínimos establecidos en normas laborales a fin de evitar que el trabajador se prive, por desconocimiento o por presiones del empleador, de beneficios mínimos consagrados en su favor.
Tasa de cambio que se debe utilizar en las diferentes operaciones del proceso de importación
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