Trabajadores que demanden el reconocimiento de trabajo suplementario deberán acreditar el número de horas laborado de manera adicional a la jornada máxima legal

Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Laboral. SL1994-2020. Radicación No. 70521. Acta 16. M.P. Cecilia Margarita Durán Ujueta. 15 de mayo de 2020

Acerca de la prueba del trabajo en días de descanso obligatorio, la línea jurisprudencial de la Corte ha sido reiterada y unívoca en el sentido de exigir que cuando del reconocimiento de trabajo suplementario y labor en días de descanso obligatorio se trata, es el trabajador quien debe demostrar que efectivamente así sucedió y el número de horas adicionales a la jornada máxima legal en las que se prestó el servicio.

Publications

Books

External Publications