Retorno de servidores y funcionarios públicos de la Rama Ejecutiva a la presencialidad

Directiva Presidencial Número 4. Presidente de la República de Colombia

El Gobierno nacionaI avanza hacia la fase de Aislamiento Selectivo, Distanciamiento Individual Responsable y a la Reactivación Económica Segura, así como en la ejecución del Plan Nacional de Vacunación, adoptado por medio del Decreto 580 del 31 de mayo de 2021. Igualmente, por la Resolución 777 del 2 de junio de 2021. Para esto, la directiva impone que: 1. Los servidores públicos y demás colaboradores del Estado en todas la entidades públicas de la Rama Ejecutiva deberán retornar a sus labores presenciales en cada uno de los municipios o distritos en los que laboraban antes de la virtualidad, conforme al ciclo contemplado en las disposiciones de la Resolución 777 del 2021; 2. En todo caso todo servidor público que esté vacunado debe regresar a prestar servicio presencial; 3. Se ordenan habilitar los parqueaderos para bicicletas de las entidades con el fin que las personas que lo deseen puedan trasladarse a la ofician en ese medio. Toda entidad deberá cumplir con los protocolos de bioseguridad impuestos por el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales. Así mismo, se invita a las otras Ramas del Poder y a los Órganos Autónomos de Control a que adopten los deberes de esta directiva para retornar a la presencialidad.

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