Se reglamenta el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control del servicio público de adecuación de tierras

Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural. Decreto Número 1678 de diciembre 17 de 2020

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural ejercerá las funciones otorgadas mediante el artículo 260 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspección, vigilancia y control de la prestación del servicio público de adecuación de tierras. La función de inspección, vigilancia y control es de naturaleza administrativa y no implica ejercicio de la función de control fiscal, disciplinario o penal. En lo no contemplado en el presente capítulo, se aplicará lo dispuesto en la Ley 1437 de 2011, o las disposiciones que la modifiquen o sustituyan.

Insights

Libros

Publicaciones externas