Superintendencia de Notariado y Registro expide los Lineamientos para la prestación del servicio público notarial, con ocasión de las medidas que adopten las autoridades territoriales a causa del covid-19

Superintendencia De Notariado Y Registro. Circular Número 010 de enero 7 de 2021

En atención a los Decretos Legislativos emitidos por el gobierno nacional, tendientes a mitigar o controlar la extensión del Coronavirus COVID-19, algunas autoridades territoriales en uso de sus facultades legales y como medida preventiva, han decretado medidas que restringen el derecho de circulación de los ciudadanos dentro de sus jurisdicciones. Bajo este contexto, la Superintendencia Delegada para el Notariado de conformidad con las funciones contenidas en el numeral 7 del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, manifiesta que para aquellas regiones del país en donde los alcaldes o gobernadores decreten toques de queda y/o restricciones a la movilidad, será potestativo del notario (a) prestar el servicio público notarial.

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