Vencimiento 2021 obligaciones SG-SST

El Ministerio del Trabajo determinó que los empleadores deberán registrar en la página del fondo de riesgos laborales la autoevaluación y el plan de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– de los años 2019 y 2020.

El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, según lo establece el artículo 25 de la Resolución 0312 de 2020 debe encontrarse debidamente implementado y estar ejecutándose anualmente desde enero de este año.

El funcionamiento del SG-SST debe ser calificado mediante la tabla de valores de los estándares mínimos establecida en el artículo 27 de la resolución en mención, y con base en los resultados obtenidos en dicha calificación (crítica, moderadamente aceptable o aceptable) los empleadores o encargados de la ejecución del SG-SST en la empresa deben realizar un plan de mejoramiento del sistema para el año siguiente.

A más tardar el 31 de diciembre de 2021, los empleadores DEBEN registrar las autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST en la página web del Ministerio del Trabajo (Fondo de Riesgos Laborales) o en el medio que esta entidad indique para el efecto.

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