SIC confirma acto que ordenó al Banco de Bogotá la inscripción de la base de datos de clientes y prospectos de clientes en el Registro Nacional de Bases de Datos

Resolución 24913 de 29 de mayo de 2020 de la Superintendencia de Industria y Comercio

La SIC confirmó la Resolución 76004 de 23 de diciembre de 2019 contra el Banco de Bogotá por considerar que éste se encontraba obligado a inscribir las bases de datos de clientes y prospectos de clientes en el Registro Nacional de Bases de Datos administrado por la SIC.

La SIC consideró que la Ley 1581 de 2012 aplicaba en este caso, aún si la entidad investigada era una entidad financiea, en tanto que, el ámbito de aplicación de la ley 1266 (habeas data financiero) se determina por el tipo de dato que se trata y los fines para que se utilizan, y no por la naturaleza del sujeto que usa esa información. Por eso, no es una ley de aplicación exclusiva y excluyente de las entidades del sector financiero, asegurador y bursátil. La misma también aplica a empresas y empresarios del sector real que tratan datos para calcular el riesgo creditico.

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