Se declaran, reconocen y delimitan Áreas de Desarrollo Naranja – Distritos Creativos en Bogotá D.C.

Alcaldía mayor de Bogotá. Decreto Número 280 de diciembre 16 de 2020

Las actividades económicas industriales o comerciales de carácter creativo y cultural, que serán promovidas en las Áreas de Desarrollo Naranja – Distrito Creativo, se encuentran en las Tablas 3 a la 14 del Anexo Técnico del Decreto 280 de 2020 las cuales quedan supeditadas al cumplimiento de las normas urbanísticas, en especial aquellas relacionadas con el uso de suelo permitido para la respectiva zona por el Plan de Ordenamiento Territorial vigente y los instrumentos que lo desarrollan.

La Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD), adelantará programas, proyectos y acciones para el fortalecimiento de las Áreas de Desarrollo Naranja -Distritos Creativos, con el propósito de que se conviertan en un motor del desarrollo económico, social y cultural, se potencien las capacidades instaladas de la comunidad, se promueva la inversión extranjera y local, y se desarrolle de manera integral el ecosistema cultural y creativo en la ciudad.

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