Consejo de Estado indica que las notificaciones realizadas al correo electrónico destinado para notificaciones judiciales de las entidades públicas se entenderán como personales.
Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Quinta. C.P. Carlos Enrique Moreno Rubio. Sentencia de 11 de junio de 2020. Radicación número: 11001-03-15-000-2019-05276-01(AC).
El Consejo de Estado indicó que las entidades públicas de todos los niveles deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones y todas las notificaciones que se hagan a dicho correo se entenderán como personales.