Control de constitucionalidad a las medidas para implementar las TIC en las actuaciones judiciales

Corte Constitucional. Sentencia C-420 de 24 de septiembre de 2020. Magistrado ponente (E): Richard S. Ramírez Grisales

La Corte abordó el estudio del Decreto Legislativo 806 de 2020 mediante la verificación de cumplimiento de los requisitos formales y materiales previstos en la Constitución Política y la ley para determinar la constitucionalidad de los decretos legislativos expedidos por el Gobierno Nacional en desarrollo del estado de emergencia económica, social y ambiental. Para delimitar el objeto del control constitucional, la Sala estudió el alcance de las medidas adoptadas en el Decreto Legislativo 806 separándolas en dos ejes temáticos:

  1. El primero, relacionado con el objeto del decreto, y las reglas y deberes procesales para la implementación de las TIC en el trámite de procesos judiciales;
  2. El segundo, compuesto por las disposiciones que implementan medidas tendientes a lograr el efectivo uso de las TIC y agilizan el trámite de los procesos judiciales.

A partir de aquella delimitación, la Corte verificó que el Decreto satisface los requisitos formales previstos en la Constitución y la ley, por cuanto está firmado por el Presidente y todos los Ministros, fue expedido durante la vigencia del Estado de excepción, contiene consideraciones para justificar su emisión y tiene alcance nacional.

En consecuencia, la Corte declaró exequible el Decreto 806 de 2020.

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