Corte Suprema de Justicia explica si pueden los jueces excluir automáticamente un dictamen pericial

Corte Suprema. Sala de Casación Civil. Radicación No. 05001-22-03-000-2020-00402-01 (STC2066-2021). 03 de marzo de 2021.Magistrado ponente: Octavio Augusto Tejeiro Duque

En el nuevo proceso civil colombiano, en el que las partes acuden a confirmar, y no averiguar, sus aseveraciones, el derecho a probar se lleva a efecto conforme a los parámetros que reflejan los principios de libertad y de apreciación probatoria. Ello significa, de un lado, que a modo de regla general cualquiera de los medios de convicción enlistados en el artículo 165 el estatuto procesal, entre otros, sirven para ese fin, salvo que la ley diga lo contrario. Y que allegado al proceso el elemento suasorio, estedebe ser apreciado de manera crítica, razonada, individual y en conjunto por el sentenciador. Aunque la credibilidad del dictamen del perito o experto depende de la solidez de sus conclusiones, imparcialidad e idoneidad, juez no puede excluirlo automáticamente porque su análisis está reservado para la sentencia.

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