Se suspenden temporalmente las disposiciones sobre porcentaje de aforo y presencialidad en las sedes judiciales
Consejo Superior de la Judicatura. ACUERDO PCSJA21-11709 de enero 08 de 2021
Se suspende temporalmente el artículo 1 del Acuerdo PCSJA20-11680 de 2020, desde el 12 hasta 31 de enero de 2021, en lo relacionado con el porcentaje de aforo. Durante la vigencia del presente Acuerdo, los consejos seccionales de la judicatura expedirán los actos administrativos para regular las condiciones de prestación del servicio y aforo de cada sede judicial, de acuerdo con las restricciones establecidas por las administraciones departamentales y locales en los correspondientes distritos judiciales.
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