Se impone a Bodytech S.A multa por 200 salarios mínimos por incumplimiento de normas relativas a los contratos de adhesión y protección al consumidor

Superintendencia De Industria Y Comercio. Resolución Número 82437 de 2020  de diciembre 24 de 2020

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) indicó que se comprobó que BODYTECH S.A. incluyó en sus contratos “élite sin permanencia” condiciones que no fueron claras, toda vez que en el mismo documento les informaba a los consumidores que la duración era por un término indefinido, pero acto seguido, estipulaba que la relación contractual podía renovarse indefinidamente y en forma consecutiva, por un término igual o diferente, generando confusión y equívocos en los usuarios respecto de la vigencia de ese tipo de afiliaciones. En este sentido la SIC impuso a Bodytech una multa por 200 salarios mínimos por incumplimiento de normas relativas a los contratos de adhesión y protección al consumidor.

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