Comisión Intersectorial De Acompañamiento Técnico Y Científico modifica el Reglamento Interno de los Subcomités intersectoriales Técnicos y Científicos para proyectos de fracking
Comisión Intersectorial De Acompañamiento Técnico Y Científico. Acuerdo Número 004 de noviembre 30 de 2020 (Diario Oficial 51.589, 15 de Febrero de 2021)
Son funciones generales de los Subcomités intersectoriales Técnicos y Científicos las siguientes: a) Hacer seguimiento a las variables relacionadas con los criterios de evaluación de los PPII de su competencia. b) Entregar información trimestral a la Comisión intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico, incluyendo las alertas que se hayan levantado durante dicho periodo, sobre los asuntos de su competencia, en el desarrollo de los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII), y publicarla en el Centro de Transparencia, para información de la ciudadanía. c) Entregar semestralmente a la Comisión intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico los informes a que se refiere el Anexo Único del Reglamento Interno de la Comisión. d) Advertir a la Comisión intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico de la ocurrencia de una causal de suspensión de actividades o de un potencial riesgo a materializarse. e) Advertir a la CIATC sobre la recomendación a la entidad competente, del levantamiento de la suspensión de actividades cuando considere que cesaron los motivos que le dieron lugar, conforme a la función asignada por el literal g), artículo 2.2.1.1.1A.4.2 del Decreto 328 de 2020.
DIAN señala que la presentación de la declaración de corrección en aras de obtener la autorización de levante, no sanea el incumplimiento de la presentación anticipada
 
				Adquisición de empresas en el sector minero y petrolero colombiano (2013)
 
				

