MinMinas modifica las condiciones de exigibilidad del etiquetado y aclara algunos requisitos establecidos en el Anexo General del Reglamento Técnico de Etiquetado – RETIQ
Resolución 40247 de 31 de agosto de 2020 del Ministerio de Minas y Energía
El Ministerio de Minas y Energía adelantó un proceso de actualización total del Anexo General del RETIQ con el fin de aclarar, modificar y adicionar el alcance de unos requisitos para facilitar la implementación del etiquetado en el país en productos que usan energía eléctrica y gas combustible:
Se agregaron las siguientes excepciones a la aplicación de las disposiciones del RETIQ: Unidades evaporadoras o unidades interiores de uso exclusivo en sistemas de múltiple salida para acondicionamiento de aire, cuyos modelos y/o referencias hagan parte de un anexo del certificado de producto o declaración de conformidad con RETIQ, expedido con alcance a la(s) unidad(es) condensadora(s) o unidad(es) exterior(es) para el mismo tipo de sistema y productor.
Se adicionaron otras modificaciones, para mayor información pueden consultarnos en nuestra sección de preguntas.
Se corrige un error mecanográfico en la implementación del nuevo término del PEP

Perspectivas del derecho del consumo (2003)
