Se ajustan unas directrices para dar agilidad al proceso y permitir la elección del subastador más conveniente
Resolución Número 40141 del 7 de mayo de 2021. Ministerio de Minas y Energía
El Ministerio de Minas y Energía podrá implementar el mecanismo al que se refiere resolución o podrá designar a una entidad diferente, o al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) mediante contrato o convenio interadministrativo, el cual actuará como Subastador e implementará y administrará el mecanismo. Para esto, el Subastador deberá, entre otros, publicar los Pliegos y Bases de Condiciones Específicas de dicho mecanismo considerando los lineamientos aquí establecidos.
DIAN adiciona el Concepto General Unificado 0468 de 2020 sobre Abandono de mercancías
Derecho Internacional de los Negocios (Tomo II)


