Se ajustan unas directrices para dar agilidad al proceso y permitir la elección del subastador más conveniente
Resolución Número 40141 del 7 de mayo de 2021. Ministerio de Minas y Energía
El Ministerio de Minas y Energía podrá implementar el mecanismo al que se refiere resolución o podrá designar a una entidad diferente, o al Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) mediante contrato o convenio interadministrativo, el cual actuará como Subastador e implementará y administrará el mecanismo. Para esto, el Subastador deberá, entre otros, publicar los Pliegos y Bases de Condiciones Específicas de dicho mecanismo considerando los lineamientos aquí establecidos.
Se reglamentan las disposiciones relativas a los Sistemas Especiales de Importación – Exportación contempladas en el Decreto 285 de 2020
El contrato de diseño, desarrollo y hosting de un sitio de internet. (2003)


