Se establece el ingreso al productor de la gasolina motor corriente y del ACPM

Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Ministerio De Minas Y Energía. Resolución Número 40336 | Noviembre 9 de 2020 (Diario Oficial 51.493, 09 de Noviembre de 2020)

Se fija el ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios de la gasolina motor corriente, en tres mil novecientos cincuenta pesos con veintiún centavos ($3.950,21) m/cte., por galón. La modificación en el nivel de mezclas con alcohol carburante no modificará el ingreso al productor fijado por medio de este artículo para la gasolina motor corriente en todas las zonas del país.

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