Aeronáutica Civil modifica los procedimientos de recaudo de Impuesto de Timbre Nacional
Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil. Resolución Número 265 de febrero 12 de 2021 (Diario Oficial 51.586, 12 de Febrero de 2021)
Se establece como fecha máxima de presentación y reintegro de los valores recaudados por concepto de impuesto de timbre nacional recaudado en diciembre de 2020 por las empresas de transporte de pasajeros internacionales, el 15 de febrero de 2021. Los reportes establecidos para la presentación de los pasajeros embarcados, exentos y quienes cancelaron el impuesto se deberán continuar enviando de manera diaria a la Aerocivil de acuerdo con el procedimiento o mecanismo establecido.
La suspensión del término para presentar la declaración anticipada no suspende la obligación de su presentación previo al aviso del transportador sobre la llegada del medio de transporte.
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