Consejo de Estado deja sin efectos medida que daba luz verde a proyecto de Metroplús en Envigado

Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Segunda – Subsección A. Radicado: 11001-03-15-000-2021-00041-00. 04 de febrero de 2021. Consejero Ponente: Gabriel Valbuena Hernández

El Consejo de Estado, como juez de segunda instancia de una demanda presentada en ejercicio de la acción de tutela, dejó sin efectos la decisión judicial que le dio luz verde a la construcción de un paradero de buses y un tercer carril de tránsito para los buses de Metroplús en la Carrera 43 A de Envigado. También decidió que el Tribunal Administrativo de Antioquia debe juzgar si, para evitar que se cause un perjuicio irremediable que afecte los derechos colectivos de los envigadeños, es necesario suspender o no la ejecución de la obra. Esta determinación permite que siga vigente la medida jurídica que impuso la suspensión en la ejecución del contrato de infraestructura vial y la prohibición para talar los árboles del corredor verde que se ubica en el área de influencia del proyecto; sin embargo, ahora es el Tribunal el que debe determinar si se mantiene o no la suspensión provisional de las obras, mientras se adelanta el proceso que permitirá dilucidar si esta construcción viola o no derechos e intereses colectivos.

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