Medidas especiales para el ejercicio y control de las actividades marítimas en el marco del covid-19

Dirección General Marítima. Resolución Número (0871-2020) MD-DIMAR-GLEMAR de diciembre 7 de 2020

En ejecución a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020 o en las normas que lo modifiquen, complementen o sustituyan, estará permitido el ejercicio de las actividades marítimas bajo el control de la Dirección General Marítima, las cuales deberán desarrollarse bajo el estricto cumplimiento a los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia y las directrices que para el efecto adopten las diferentes entidades del orden nacional y los entes territoriales correspondientes.

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