Se modifican los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas
Resolución Número 20213040022145 del 28 de mayo de 2021. Ministerio de Transporte
A los titulares de los permisos otorgados en virtud del parágrafo transitorio de la norma cuyos permisos expiren o hayan expirado, se les podrá otorgar un nuevo permiso bajo las mismas condiciones del permiso inicial, por una única vez y por un término de tres (3) meses. Para el efecto, el interesado deberá presentar ante el Instituto Nacional de Vías la respectiva solicitud; cumplir con el requisito prescrito en el literal h) del artículo 13 de la presente resolución, referente a la constitución de la Póliza de Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual, y cancelar los derechos de permiso correspondientes, de acuerdo con lo señalado en la Resolución 03 de 2006, o en la norma que la modifique, adicione o sustituya en un término no superior a tres (3) días hábiles a la solicitud de pago. En ningún caso el nuevo permiso implicará la adición o modificación de rutas ni del equipo de transporte previamente autorizado.
Consejo de Estado declaró la nulidad parcial de las medidas en materia de concesiones de agua para la prestación del servicio público de acueducto por el COVID-19
Casos de concentraciones empresariales en el sector energético Europeo


