Se modifican los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas

Resolución Número 20213040022145 del 28 de mayo de 2021. Ministerio de Transporte

A los titulares de los permisos otorgados en virtud del parágrafo transitorio de la norma cuyos permisos expiren o hayan expirado, se les podrá otorgar un nuevo permiso bajo las mismas condiciones del permiso inicial, por una única vez y por un término de tres (3) meses. Para el efecto, el interesado deberá presentar ante el Instituto Nacional de Vías la respectiva solicitud; cumplir con el requisito prescrito en el literal h) del artículo 13 de la presente resolución, referente a la constitución de la Póliza de Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual, y cancelar los derechos de permiso correspondientes, de acuerdo con lo señalado en la Resolución 03 de 2006, o en la norma que la modifique, adicione o sustituya en un término no superior a tres (3) días hábiles a la solicitud de pago. En ningún caso el nuevo permiso implicará la adición o modificación de rutas ni del equipo de transporte previamente autorizado.

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