Competencia para declarar la existencia de un grupo empresarial
Concepto Jurídico No. 220-076708 del 9 de junio de 2021. Superintendencia de Sociedades
El o los controlantes, sean personas naturales o jurídicas, son los destinatarios de la obligación legal de hacer constar en documento privado el nombre, domicilio, nacionalidad y actividad de los vinculados, así como el presupuesto que da lugar a la situación de control y de presentar para su inscripción en el registro mercantil dicho documento, sin perjuicio desde luego de la facultad legal que tiene ésta Entidad para proceder a declarar la situación de control o de grupo empresarial, por conducto del Grupo de Conglomerados de ésta Superintendencia, conforme a lo acotado en el acápites precedentes de este escrito y a la Resolución 100-000040 de 2021.
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Perspectivas del derecho del consumo (2003)


